Deducciones Autonómicas en Andalucía para la Renta 2024-2025 (IRPF 2024)

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Introduction

La declaración de la Renta (IRPF) es una obligación anual para muchos contribuyentes, pero también una oportunidad para aplicar deducciones que reduzcan la carga fiscal. Andalucía, como otras comunidades autónomas, ofrece un conjunto específico de deducciones en el tramo autonómico, diseñadas para apoyar a las familias, facilitar el acceso a la vivienda, incentivar la inversión y ayudar a colectivos específicos.

Esta guía detalla las principales deducciones autonómicas en Andalucía para la Renta 2024-2025 (declaración a presentar en 2025). Es fundamental conocer no solo los requisitos de cada una, sino también sus posibles incompatibilidades para aplicarlas correctamente. Sigue leyendo para descubrir cómo puedes optimizar tu declaración del IRPF en Andalucía.

Deducciones Relacionadas con la Vivienda Habitual

1. Por inversión en vivienda habitual protegida y para jóvenes

  • Importe: 5% de las cantidades invertidas (compra o rehabilitación) en viviendas calificadas como protegidas.
  • Límite Máximo: 9.040€ anuales.
  • Requisitos:
    • Edad: Ser menor de 35 años. En tributación conjunta, basta que uno de los cónyuges/pareja cumpla el requisito de edad.
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 25.000€ (tributación individual) o 30.000€ (tributación conjunta).
    • Vivienda: Debe ser la vivienda habitual y tener la calificación de protegida según la normativa andaluza.
  • Compatibilidad: Generalmente incompatible con la deducción por alquiler por la misma vivienda y periodo.

2. Por cantidades invertidas en el alquiler de la vivienda habitual

  • Importe: 15% de las cantidades satisfechas durante 2024 por el alquiler.
  • Límite Máximo:
    • General: 600€ anuales.
    • Incrementado: 900€ anuales para contribuyentes con discapacidad (grado igual o superior al 33%).
  • Requisitos:
    • Edad/Situación: Tener menos de 35 años, o ser mayor de 65 años, o tener la consideración de víctima de violencia doméstica o terrorismo.
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 25.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta).
    • Contrato: Debe existir un contrato de arrendamiento formalizado, y debe constar el NIF del arrendador en la declaración. Es recomendable haber liquidado el ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) asociado al alquiler, aunque esté exento.
  • Compatibilidad: Incompatible con la deducción por inversión en compra/rehabilitación de la misma vivienda habitual.

Cómo solicitar la deducción por alquiler en el IRPF 2024 de Andalucia

  1. Verifica Requisitos: Confirma que cumples las condiciones de edad/situación, discapacidad (si aplica) y límites de base imponible.
  2. Reúne Documentación: Ten a mano tu contrato de alquiler y los justificantes de pago (transferencias, recibos).
  3. Identifica al Arrendador: Asegúrate de tener el NIF del propietario para incluirlo en la declaración.
  4. Consigna Datos: Introduce el importe total pagado por el alquiler en 2024 y el NIF del arrendador en las casillas correspondientes de la deducción autonómica andaluza. El programa calculará el 15% con el límite aplicable (600€ o 900€).
  5. Revisa: Comprueba todos los datos antes de presentar.

Deducciones Familiares y Personales

3. Por nacimiento, adopción de menores o acogimiento familiar de menores

  • Importe:
    • 200€ por cada hijo nacido, adoptado o menor en régimen de acogimiento familiar en el periodo impositivo.
    • 400€ si, además, el contribuyente reside en un municipio con problemas de despoblación (menos de 3.000 habitantes).
  • Requisitos:
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 25.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta).
    • Convivencia: El menor debe convivir con el contribuyente al menos 90 días durante el periodo impositivo.
  • Incompatibilidad: La deducción por acogimiento familiar es incompatible con la percepción de ayudas públicas de la Junta de Andalucía por el mismo concepto de acogimiento.

4. Por adopción de hijos en el ámbito internacional

  • Importe: 600€ por cada hijo adoptado internacionalmente durante el periodo impositivo.
  • Requisitos:
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 80.000€ (individual) o 100.000€ (conjunta).
    • Inscripción: La adopción debe estar debidamente inscrita en el Registro Civil español.
  • Compatibilidad: Esta deducción es compatible con la deducción general por nacimiento o adopción (punto 3), si se cumplen los requisitos de ambas.

5. Para el padre o madre de familia monoparental y, en su caso, con ascendientes mayores de 75 años

  • Importe:
    • 100€ por ser familia monoparental.
    • 100€ adicionales por cada ascendiente mayor de 75 años que conviva con la familia monoparental.
  • Requisitos:
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 80.000€ (individual) o 100.000€ (conjunta).
    • Ascendiente: El ascendiente debe convivir al menos la mitad del periodo impositivo y no tener rentas anuales (excluidas exentas) superiores a 8.000€, dando derecho a aplicar el mínimo por ascendientes estatal.

6. Para familia numerosa

  • Importe:
    • Categoría General: 200€.
    • Categoría Especial: 400€.
  • Requisitos:
    • Título: Poseer el título de familia numerosa en vigor a 31 de diciembre de 2024.
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 25.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta).
  • Compatibilidad: Compatible con las deducciones por nacimiento/adopción si se cumplen todos los requisitos.

Requisitos para familia numerosa en Renta 2024-2025 Andalucía

  • Tener el título oficial de familia numerosa vigente al 31/12/2024.
  • No superar los límites de renta aplicables (25.000€ individual / 30.000€ conjunta).
  • Incluir los datos del título en su declaración de la Renta.
  • Cumplir los requisitos generales del IRPF sobre convivencia y dependencia económica.

7. Por gastos educativos

  • Importe: 15% de las cantidades satisfechas por gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas y/o informática.
  • Límite Máximo: 150€ anuales por cada descendiente que genere derecho al mínimo correspondiente.
  • Requisitos:
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 80.000€ (individual) o 100.000€ (conjunta).
    • Justificación: Los pagos deben realizarse a centros educativos registrados o a profesionales autónomos dados de alta en epígrafes relacionados. Se necesita factura.
  • Compatibilidad: Compatible con otras deducciones por los mismos hijos (nacimiento, familia numerosa, etc.).

Ayudas por Discapacidad en IRPF Andalucía 2024

8. Para contribuyentes con discapacidad

  • Importe: 150€ anuales.
  • Requisitos:
    • Discapacidad: Tener acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 25.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta).

9. Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad

  • Importe: 100€ anuales.
  • Requisitos:
    • Discapacidad del cónyuge/pareja: Grado igual o superior al 65%.
    • El cónyuge/pareja no debe ser declarante del IRPF en el ejercicio (rentas < 1.800€).
    • Base Imponible del declarante: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 25.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta).
    • Parejas de Hecho: Deben estar inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía.

10. Por asistencia a personas con discapacidad

Esta deducción tiene dos modalidades, que pueden ser compatibles entre sí si se cumplen los requisitos de ambas:

  • Modalidad A (Por persona a cargo):
    • Importe: 100€ por cada persona con discapacidad (ascendiente o descendiente) que otorgue derecho al mínimo por discapacidad estatal.
  • Modalidad B (Por contratación de cuidadores):
    • Importe: 20% de las cuotas anuales pagadas a la Seguridad Social por un empleado/a del hogar contratado para asistir a la persona con discapacidad (el propio contribuyente, su cónyuge/pareja, ascendientes o descendientes con discapacidad).
    • Límite Máximo: 500€ anuales por esta modalidad.
  • Requisitos Generales (para ambas modalidades):
    • Base Imponible: Suma de bases imponibles general y del ahorro no superior a 80.000€ (individual) o 100.000€ (conjunta).
  • Posible Incompatibilidad (Modalidad B): Verificar si la aplicación de esta deducción por cuotas de SS para cuidado de discapacitados es compatible con la deducción «Por ayuda doméstica» (punto 11) si se refieren al mismo empleado y periodo. La normativa suele especificar si se puede optar por una u otra o si hay reglas de prioridad.

Otras Deducciones de Interés en Andalucía

11. Por ayuda doméstica (servicio doméstico)

  • Importe: 20% de la cotización anual a la Seguridad Social satisfecha por el empleador por un trabajador/a dado de alta en el Sistema Especial para Empleados de Hogar.
  • Límite Máximo: 500€ anuales.
  • Requisitos:
    • El contribuyente debe ser padre o madre de hijos que integren la unidad familiar y por los que se tenga derecho al mínimo por descendientes. O bien, ser mayor de 75 años.
    • Al menos uno de los padres/progenitores (o el contribuyente mayor de 75) debe percibir rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
    • Ambos cónyuges/progenitores (si es unidad familiar biparental) deben estar en situación de alta en la SS y trabajar fuera del hogar al menos 183 días, o cumplir requisitos específicos si sólo trabaja uno.
  • Posible Incompatibilidad: Como se mencionó, comprobar la compatibilidad con la deducción por asistencia a personas con discapacidad (punto 10, modalidad B) si se trata del mismo empleado. Consultar la normativa para ver si son excluyentes o complementarias bajo ciertas condiciones.

12. Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación

  • Importe (Alternativo, no acumulable por la misma inversión):
    • Opción General: 20% de las cantidades invertidas. Límite máximo de inversión deducible: 20.000€. Deducción máxima: 4.000€.
    • Opción Cualificada: 50% de las cantidades invertidas si la entidad participa en proyectos de I+D promovidos o participados por universidades o centros de investigación andaluces. Límite máximo de inversión deducible: 24.000€. Deducción máxima: 12.000€.
  • Requisitos:
    • Mantenimiento: Conservar la participación durante un mínimo de 3 años.
    • Participación Máxima: La participación del contribuyente (y familiares) no puede superar el 40% del capital.
    • Entidad: Domicilio social y fiscal en Andalucía, actividad económica con medios personales/materiales, constituida en los últimos 3 años (o amplía capital), contratar y mantener personal con contrato laboral.
  • Incompatibilidad: Se aplica una de las dos opciones (20% o 50%) según el tipo de empresa, no se pueden sumar por la misma inversión.

13. Para gastos de defensa jurídica en la relación laboral

  • Importe: Las cantidades satisfechas por gastos de defensa jurídica derivados de procedimientos judiciales de despido, extinción de contrato o reclamación de cantidades.
  • Límite Máximo: 200€ anuales.
  • Requisitos: El procedimiento debe ser contra el empleador con el que el contribuyente tenía la relación laboral.

14. Por donativos con finalidad ecológica

  • Importe: 10% de las cantidades donadas a entidades públicas o sin ánimo de lucro cuyo fin exclusivo sea la defensa y conservación del medio ambiente.
  • Límite Máximo: 150€ anuales.
  • Requisitos:
    • Entidades: Deben estar inscritas en los registros correspondientes de Andalucía.
    • Justificante: Se necesita el certificado de donación emitido por la entidad.

Preguntas Frecuentes sobre el IRPF 2024 en Andalucia

¿Cómo solicitar la deducción por alquiler en Andalucia para 2024?

Verifica requisitos (edad/situación, renta ≤25K/30K€, discapacidad si aplica para límite 900€), ten contrato y justificantes, incluye NIF arrendador y cantidad pagada en tu declaración. Consulta el apartado «Por cantidades invertidas en el alquiler…» para más detalle.

¿Qué ayudas existen en Andalucia para contribuyentes con discapacidad en 2024?

Hay varias: 150€ para el propio contribuyente (≥33%), 100€ si el cónyuge/pareja tiene discapacidad (≥65%), 100€ por cada descendiente/ascendiente a cargo con discapacidad, y 20% (máx 500€) de cuotas SS por contratar cuidadores. Cada una tiene sus requisitos de renta y grado. Revisa la sección «Ayudas por discapacidad…» y sus posibles solapamientos.

¿Cuáles son los requisitos clave para la deducción por familia numerosa en Andalucía en la Renta 2024-2025?

Necesitas el título oficial vigente a 31/12/2024 y no superar la base imponible de 25.000€ (individual) o 30.000€ (conjunta). La deducción es de 200€ (general) o 400€ (especial). Debes marcarlo en tu declaración.

¿Puedo deducir los gastos de clases de inglés de mi hijo en Andalucía?

Sí, puedes deducir el 15% de esos gastos (y/o de informática), con un límite de 150€ por hijo, siempre que tu base imponible no supere 80.000€ (individual) o 100.000€ (conjunta) y tengas factura del centro o profesional. Ver punto 7, «Por gastos educativos».

Conclusion

Las deducciones autonómicas en Andalucía para la Renta 2024-2025 ofrecen numerosas vías para optimizar tu resultado fiscal. Desde el apoyo a familias y personas con discapacidad, hasta incentivos por vivienda, educación, inversión o donaciones, es vital conocerlas en detalle.

Sin embargo, es crucial prestar atención no solo a los importes y requisitos de base imponible, sino también a las condiciones específicas y posibles incompatibilidades entre ellas (ej. alquiler vs compra, acogimiento vs ayudas públicas, diferentes deducciones por ayuda doméstica/asistencia). Aplicar incorrectamente una deducción puede generar problemas con la Agencia Tributaria.

Te recomendamos consultar siempre la información oficial más actualizada de la Junta de Andalucía y la AEAT o buscar el asesoramiento de un profesional fiscal para asegurarte de que aplicas todas las deducciones a las que tienes derecho de forma correcta y compatible. ¡Planifica bien tu declaración y aprovecha los beneficios fiscales andaluces!